05 Feb 2009 |
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OSPEPRI a través de su Programa Médico Asistencial (PMA) asegura y garantiza a sus beneficiarios, todas las prestaciones de prevención, diagnóstico y tratamiento dispuesto por el Programa Médico Obligatorio. El modelo de atención tiende a generar que las prestaciones sean: accesibles, oportunas y suficientes, aspirando a la eficacia y a la eficiencia, tendiendo a garantizar la equidad, la universalidad y la solidaridad para todos sus beneficiarios, cubriendo el conjunto de prestaciones establecidas en la Resolución Nº1991/ 05 MS que incluye a la resolución 201/02 MS, sus modificatorias y complementarias, así como el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y el Programa VIGIA. Así, esta Obra Social provee a su población beneficiaria de la asistencia médica fundamental, puesta efectivamente al alcance de todos los afiliados y sus familias, mediante la atención integral, promoviendo la salud y basando su cobertura en los principios de atención primaria de la salud, equidad, eficacia y eficiencia, privilegiando la conservación del estado de salud antes que la recuperación de la condición perdida. El Plan Médico Asistencial confeccionado propenderá a sensibilizar a nuestros beneficiarios para que realicen la consulta con el médico clínico, el pediatra y el toco-ginecólogo sin aguardar la sintomatología, ello, toda vez que de esta forma se toma una actitud activa con la población no demandante y se pueden ejercer las conductas de promoción y prevención que sean necesarias, acorde se requiera según sexo y grupo etareo. ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD Una atención médica primaria debe cumplir con los postulados de la Medicina Preventiva – Social – Familiar y, necesariamente, integrará un sistema articulado de atención con una distribución de recursos que cubra a la población beneficiaria. Se privilegiará la atención a través de un médico de familia, el que orientará a los pacientes, acompañándolos en el cuidado de la salud y la recuperación de la misma. Sobre la base de elementos clínicos y epidemiológicos se realizan campañas de vacunación acompañando y complementando los Programas Nacionales a grupos de riesgo. Por su parte se brinda a la población beneficiaria el cuidado y la vigilancia de la mujer embarazada mediante la implementación de la cobertura integral para la atención de la mujer y de su hijo/a desde el momento mismo del diagnostico de embarazo hasta un mes después del nacimiento, atendiendo al niño hasta cumplir un año de edad. En efecto, a través de este plan, la cobertura es del 100 % del valor de las prestaciones relacionadas con el embarazo, sean consultas, prácticas y/o medicamentos. Así también, se da cobertura del 100 % en las prestaciones relacionadas al recién nacido, cubriéndose en dicho porcentaje todas las consultas, patologías, estudios, y, en especial los análisis para la detección de fenilcetonuria, hipotiroidismo congénito y enfermedad fibroquística, junto a toda práctica comprendida en el Programa Médico Obligatorio. En igual sentido, se brindan las inmunizaciones periódicas especificadas en el Calendario de Vacunación Oficial, siendo el mismo contemplado íntegramente, acorde a los códigos cubiertos por la Obra Social. Entonces, nuestros beneficiarios en el uso de la cobertura de consultas generales, sean el consultorio, domicilio (urgencias y emergencias) y/o internación, se encuentra con la cobertura completa de la atención primaria y secundaria de todas las especialidades reconocidas por la autoridad sanitaria nacional, como también las correspondientes a mediana y alta complejidad. |













